Standard Trading Conditions - Spanish
VERSIÓN EN ESPAÑOL – CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
Se llama expresamente la atención del Cliente sobre aquellas cláusulas del presente contrato que excluyen o limitan la responsabilidad de la Compañía (cláusulas 59 a 69), así como sobre aquellas que imponen obligaciones al Cliente y que, en determinadas circunstancias, obligan al Cliente a indemnizar a la Compañía.
1. Interpretación
En las presentes Condiciones:
(a) "Afiliada" significa:
- (i) En relación con el Cliente, cualquier Persona que controle, sea controlada por, o esté bajo control común de dicha parte;
- (ii) En relación con la Compañía, cualquier Persona que sea directa o indirectamente controlada por A.P. Møller-Mærsk A/S,
- donde control se define como tener el derecho directo o indirecto de dirigir la gestión de una parte.
(b) "Autoridad" significa cualquier Persona legal o administrativa debidamente constituida o agencia gubernamental, que ejerza jurisdicción o tenga autoridad dentro de cualquier nación, estado, municipio, puerto o aeropuerto.
(c) "Cargos” significa todo flete, costos, honorarios, gastos, comisiones, aranceles, penalidades, impuestos, recargos y/o cargos pagaderos a la Compañía en relación con los Servicios y/o las presentes Condiciones, incluyendo los que puedan establecerse en una Cotización, una Orden de Servicio o los que puedan mostrarse en el sitio web de la Compañía.
(d) "Compañía" significa la Persona que es miembro del Grupo Maersk y que contrata para suministrar los Servicios.
(e) "Legislación Obligatoria" significa un convenio internacional o ley nacional que se aplique obligatoriamente a cualquier elemento de los Servicios.
(f) "Condiciones" significa las presentes Condiciones Generales de Contratación, según puedan ser modificadas de tarde en tarde de conformidad con los términos de las mismas.
(g) "Contrato" significa el acuerdo entre la Compañía y el Cliente, que consiste en la Orden de Servicio y las presentes Condiciones.
(h) "Mercancías Controladas" tiene el significado que se le da en la cláusula 24;
(i) "Cliente" significa cualquier Persona para quien la Compañía acuerde proporcionar o gestionar un Servicio.
(j) "Servicios Aduaneros" significa la realización de formalidades aduaneras, el procesamiento de exenciones aduaneras y/o el cumplimiento de cualquier otra formalidad regulatoria, en relación con la importación, exportación, movimiento y/o almacenamiento de las Mercancías, en nombre y por cuenta del Cliente.
(k) "Mercancías Peligrosas" significa mercancías que son o pueden volverse peligrosas, riesgosas, nocivas (incluyendo materiales radiactivos), inflamables, explosivas o que son o pueden volverse susceptibles de dañar cualquier propiedad, persona o el medio ambiente y ya sea que estén o no listadas en cualquier código, convenio, listado o tabla oficial o no oficial, internacional o nacional.
(l) "Términos de Usuario de Servicios Digitales" significa los Términos de Usuario de Servicios Digitales de Maersk, según sean modificados cuando corresponda, cuya copia completa puede verse en Digital Services User Terms | Maersk Terms y cuya copia completa también está disponible si así se solicita.
(m) "Mercancías" significa la totalidad o cualquier parte de la carga y cualquier embalaje, incluyendo Mercancías Peligrosas y cualquier Unidad de Transporte no suministrada por o en nombre de la Compañía, respecto de las cuales la Compañía proporciona los Servicios.
(n) "Información" significa datos, mensajes, asesoramiento e/o información (incluyendo datos electrónicos) en cualquier forma.
(o) "Sistema de Información" significa cualquier hardware informático, infraestructura, software informático, sitio web, plataforma, portal, líneas de comunicación y tecnologías de procesamiento de Información operadas, proporcionadas y/o de otra manera utilizadas, directa o indirectamente, por la Compañía, el Cliente o cualquier tercero en relación con los Servicios o como un Servicio en sí mismo (incluyendo cualquier sistema que envíe, almacene o reciba Información, o que de otra manera se utilice para el intercambio de Información).
(p) "Instrucciones" significa una instrucción, orden o disposición escrita emitida por o en nombre del Cliente, una Autoridad y/o cualquier otra Persona con derecho a darlas.
(q) "Grupo Maersk" significa A.P. Møller-Mærsk A/S y sus Afiliadas.
(r) "Términos de Maersk para el Transporte" significa los términos de Maersk para el transporte según puedan ser modificados de tarde en tarde, cuya copia completa puede verse en Terms for Carriage | Maersk Terms y cuya copia completa está disponible si así se solicita.
(s) "Términos de Maersk para Servicios Aduaneros" significa los términos de Maersk para servicios aduaneros según sean modificados de tarde en tarde, cuya copia completa puede verse en Terms for Maersk Customs Services ("MCS") | Maersk Terms y cuya copia completa está disponible si así se solicita.
(t) "Persona" incluye personas naturales y grupos de personas, ya sean corporativos o no corporativos, e incluye una referencia a los representantes legales y personales, sucesores y cesionarios permitidos de dicha Persona.
(u) "Cotización" tiene el significado que se le da en la cláusula 39.
(v) "Disposiciones Relevantes" significa los términos, derechos, defensas, garantías, condiciones, excepciones, limitaciones, indemnizaciones y liberalidades contenidas en las presentes Condiciones que benefician a la Compañía, incluyendo la cláusula 77 (Jurisdicción y ley aplicable).
(w) "Terceros Relevantes" tiene el significado que se le da en la cláusula 35(b).
(x) "DEG" significa Derecho Especial de Giro según lo definido por el Fondo Monetario Internacional y calculado a la fecha en que se acuerde la liquidación o la fecha de cualquier sentencia.
(y) "Transporte Marítimo" significa el transporte de Mercancías por mar, incluyendo el transporte terrestre para transporte multimodal, cubierto por un Documento de Transporte emitido por o en nombre del Transportista Marítimo.
(z) "Transportista Marítimo" significa Maersk A/S de 50 Esplanaden, 1263 Copenhagen K, Dinamarca.
(aa) "Orden de Servicio" significa cualquiera de, o combinación de, lo siguiente: resultado de contrato, nota de reserva, correo electrónico, orden en línea, realizada a través de un Sistema de Información u otro documento que contenga los detalles de las partes del Contrato y los principales términos comerciales y cualquier otro documento adjunto o referido en el mismo.
(ab) "Servicios" significa la totalidad o cualquier parte de cualquier servicio físico, de gestión, consultoría, agencia y/o proceso de negocios y/o actividades de cualquier naturaleza llevadas a cabo por la Compañía con respecto al Cliente y/o en relación con las Mercancías, incluyendo carga, embalaje, consolidación, estiba, transporte, acarreo, descarga, desembalaje, desestiba, desconsolidación, almacenamiento, depósito y cualquier otra operación y servicio de cualquier naturaleza llevado a cabo o realizado por o en nombre de la Compañía en relación con las Mercancías y/o carga o servicios de gestión de cadena de suministro y servicios documentales, aduaneros, de visibilidad de datos y/u otros procesos y servicios de tecnología de la información relacionados.
(ac) "Subcontratista" incluye fletadores y operadores de buques (distintos de la Compañía), estibadores, operadores de terminales y grupaje, operadores de transporte terrestre, ferroviario y aéreo, agentes de carga, almacenistas, proveedores de Sistemas de Información, agregadores de datos y cualquier contratista independiente y agente empleado por la Compañía y/o un miembro del Grupo Maersk en la ejecución de los Servicios y cualquier subcontratista, agente y empleado directo o indirecto de los mismos, ya sea en relación contractual directa o no.
(ad) "Impuesto o Impuestos" significa cualquier imposición pública incluyendo impuestos federales, estatales y locales, aranceles públicos y gravámenes, impuesto sobre ganancias de capital, impuestos de flete, tasa, sobretasa, impuesto especial, impuesto de transferencia, impuesto de timbre, impuesto comercial, retenciones, impuestos sobre software o tecnología, aranceles aduaneros, y cualquier imposición pública similar impuesta, evaluada o recaudada por o bajo cualquier Autoridad. Impuesto incluye cualquier multa, penalidad, interés, y cualquier tipo de pago adicional o incidental relacionado con los mismos.
(ae) "Documento de Transporte" significa un "conocimiento de embarque" (ya sea negociable o no), "carta de porte", "guía aérea", "carta de porte ferroviario", "nota de transporte por camión" o documento de transporte similar para el transporte de Mercancías (ya sea emitido en formato papel o electrónico).
(af) "Unidad de Transporte" significa cualquier caja de embalaje, paleta, contenedor, plataforma plana, plataforma, remolque, dispositivo de carga unitaria, tanque transportable u otro artículo utilizado para o en relación con el transporte de Mercancías por tierra, mar o aire.
(ag) "IVA" significa impuesto sobre el valor añadido, impuesto sobre bienes y servicios, impuesto sobre el volumen de negocios, impuesto sobre ventas, impuesto sobre el uso, y cualquier impuesto similar. IVA incluye cualquier multa, penalidad, interés, y cualquier tipo de pago adicional o incidental relacionado con los mismos.
(ah) "Vehículo" significa cualquier vehículo, incluyendo cualquier camión, furgoneta o automóvil.
(ai) "Almacén" significa una instalación de almacenamiento desde donde la Compañía o un Subcontratista proporciona los Servicios.
2. En las presentes Condiciones:
2.1 Los encabezados de las cláusulas o grupos de cláusulas en las presentes Condiciones son solo para conveniencia y no afectan la interpretación de las presentes Condiciones.
2.2 Si alguna cláusula, o parte de una cláusula, resulta nula, inválida o inaplicable, el resto de las presentes Condiciones no afectadas por dicha nulidad o inaplicabilidad permanecerá en plena vigencia y efecto.
2.3 El singular incluye el plural y viceversa (a menos que el contexto requiera lo contrario).
2.4 Cualquier palabra que siga los términos "incluyendo", "incluir", "en particular", "por ejemplo", "etc." o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras, descripción, definición, frase o término que precede a dichos términos. Cuando el contexto lo permita, "otro" y "de otra manera" son ilustrativos y no limitarán el sentido de las palabras que los preceden.
2.5 Si alguna Legislación Obligatoria aplica a cualquier elemento de los Servicios, las presentes Condiciones serán, con respecto a dicho elemento de los Servicios, leídas como sujetas a dicha Legislación Obligatoria y nada en las presentes Condiciones se interpretará como una renuncia, por parte de la Compañía, de cualquiera de sus derechos o inmunidades o como un aumento de cualquiera de sus responsabilidades u obligaciones bajo dicha Legislación Obligatoria, y si alguna parte de las presentes Condiciones es inconsistente con dicha Legislación Obligatoria en cualquier medida, dicha parte, con respecto a dicho elemento de los Servicios, quedará sin efecto en esa medida y no más.
Aplicación
3. Sujeto a las cláusulas 2.5 (Legislación Obligatoria), 4 (Acuerdo Personalizado), 5 (Sistema de Información), 6 (Transporte Marítimo), 7 (Servicios Aduaneros), 8 (Documento de Transporte), y 59 (Legislación Obligatoria aplicable a pérdida o daño de Mercancías o retraso) todos los Servicios proporcionados por la Compañía están sujetos a las presentes Condiciones, y a la Orden de Servicio (si la hubiere). Las disposiciones de las cláusulas 12 y 13 (Servicios como agente) se aplicarán solo en la medida en que la Compañía proporcione cualquiera de los Servicios como agente. Las disposiciones de las cláusulas 14 y 15 (Servicios como principal) se aplicarán solo en la medida en que la Compañía proporcione cualquiera de los Servicios como principal. Las demás cláusulas se aplicarán a todos los Servicios independientemente de la capacidad legal de la Compañía. El Cliente acepta y reconoce estar sujeto a las presentes Condiciones al solicitar los Servicios.
4. Acuerdo Personalizado. Si la Compañía y el Cliente han celebrado un acuerdo personalizado separado, las disposiciones de dicho acuerdo se aplicarán a los servicios cubiertos por dicho acuerdo. En la medida en que dicho acuerdo no cubra todos los servicios proporcionados por la Compañía, las presentes Condiciones se aplicarán al elemento de los servicios no cubierto por dicho acuerdo.
5. Sistema de Información. Cuando el Cliente utilice y/o acceda a cualquier Sistema de Información proporcionado por la Compañía o cualquier miembro del Grupo Maersk, el uso y/o acceso del Cliente a dicho Sistema de Información se regirá por los Términos de Usuario de Servicios Digitales, que se aplicarán además de las presentes Condiciones, siempre que las disposiciones de los Términos de Usuario de Servicios Digitales prevalecerán en la medida en que alguna de ellas sea inconsistente con las presentes Condiciones.
6. Transporte Marítimo. El Transporte Marítimo será proporcionado por el Transportista Marítimo. Los Términos de Maersk para Transporte y cualesquiera otros términos del Documento de Transporte se aplicarán al Transporte Marítimo proporcionado por el Transportista Marítimo, que se aplicarán además de las presentes Condiciones y prevalecerán en la medida en que alguno de ellos sea inconsistente con las presentes Condiciones. Con respecto al Transporte Marítimo, la Compañía (cuando no sea el Transportista Marítimo) actúa como agente por y en nombre del Transportista Marítimo y las presentes Condiciones, y la Orden de Servicio (si la hubiere), se aplicarán.
7. Servicios Aduaneros. La prestación de Servicios Aduaneros por la Compañía se regirá por los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros, que se aplicarán además de las presentes Condiciones, siempre que las disposiciones de los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros prevalezcan, en la medida en que alguna de ellas sea inconsistente con las presentes Condiciones. Las partes acuerdan que los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros se aplicarán a los Servicios Aduaneros según se definen en las presentes Condiciones.
8. Documento de Transporte. Cuando un Documento de Transporte sea emitido por o en nombre de la Compañía que establezca que la Compañía contrata como transportista, las disposiciones establecidas, o incorporadas, en el Documento de Transporte (si las hubiere) se aplicarán al elemento de los Servicios cubierto por dicho Documento de Transporte además de las presentes Condiciones, siempre que las disposiciones establecidas, o incorporadas, en el Documento de Transporte (si las hubiere) prevalezcan, en la medida en que alguna de ellas sea inconsistente con las presentes Condiciones.
Modificaciones y actualizaciones
9. La Compañía se reserva el derecho, a su sola discreción, de modificar, cambiar o actualizar las presentes Condiciones en cualquier momento. Cualquiera de dichas modificaciones, cambios o actualizaciones entrará en vigor inmediatamente después de ser publicadas o de otra manera puestas a disposición por la Compañía a través de sus canales de comunicación habituales, incluyendo la publicación en Terms | Maersk Terms o comunicación directa al Cliente, y todos los Contratos celebrados por la Compañía y el Cliente después de dicha publicación estarán sujetos a las Condiciones modificadas.
Capacidad Legal
10. Todos los Servicios son proporcionados por la Compañía como agente, excepto en las siguientes circunstancias donde la Compañía actúa como principal:
- (a) en la medida en que la Compañía acuerde expresamente por escrito actuar como principal;
- (b) cuando la Compañía realice cualquiera de los Servicios, pero solo en la medida en que dichos Servicios sean realizados por la propia Compañía o sus Subcontratistas y las Mercancías estén en custodia o control real de la Compañía o sus Subcontratistas;
- (c) cuando se emita un Documento de Transporte con respecto a cualquier elemento de los Servicios, que establezca que la Compañía contrata como transportista; o
- (d) cuando la Compañía sea considerada por un tribunal de jurisdicción competente como habiendo actuado como principal.
11. Sin perjuicio de la generalidad de la cláusula 10:
- (a) el cobro por la Compañía de Cargos fijos por cualquier Servicio no determinará por sí mismo ni será evidencia de que la Compañía actúa como agente o como principal con respecto a dichos Servicios;
- (b) la Compañía actúa como agente cuando la Compañía obtiene un Documento de Transporte entre una Persona, distinta de la Compañía, y el Cliente, incluyendo cuando el Documento de Transporte establece que un miembro del Grupo Maersk (incluyendo el Transportista Marítimo) contrata como transportista; y
- (c) en relación con los Servicios Aduaneros, la Compañía actúa como Representante Directo del Cliente (según se define en los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros), y salvo lo permitido bajo los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros, nunca como Representante Indirecto (según se define en los Términos de Maersk para Servicios Aduaneros).
Servicios como agente
12. Cuando, y en la medida en que la Compañía actúe como agente, tiene la autoridad expresa del Cliente para:
- (a) celebrar contratos con terceros en nombre del Cliente según sea necesario o deseable para cumplir las Instrucciones del Cliente, ya sea que dichos contratos estén sujetos a las condiciones comerciales de dichos terceros, o de otra manera, incluyendo cualquier Documento de Transporte emitido por dichos terceros, y la Compañía firmará dichos contratos por y en nombre del Cliente solo como agente; y
- (b) realizar tales actos para obligar al Cliente mediante dichos contratos.
13. Cuando y en la medida en que la Compañía actúe como agente:
- (a) actúa únicamente en nombre del Cliente para asegurar contratos con los terceros referidos en la cláusula 12(a) anterior, de modo que las relaciones contractuales directas sean entre el Cliente y dichos terceros incluso cuando un contrato sea firmado en nombre de la Compañía; y
- (b) no será responsable por los actos y omisiones de dichos terceros.
Servicios como principal
14. Cuando y en la medida en que la Compañía contrate como principal, la Compañía tendrá plena libertad para realizar los Servicios por sí misma o para subcontratar en cualesquiera términos la totalidad o cualquier parte de los Servicios a cualquier Subcontratista o cualquier miembro del Grupo Maersk (o ambos).
15. Salvo que se acuerde de otra manera por escrito, cuando y en la medida en que la Compañía contrate como principal, la Compañía tendrá derecho a realizar los Servicios por cualquier ruta, medio o Personas y a realizar tales actos en la medida en la que la propia Compañía los considere necesarios o suplementarios para el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía.
Obligaciones de la Compañía
16. La Compañía realizará los Servicios con un grado razonable de cuidado, habilidad y juicio.
Obligaciones del Cliente
17. El Cliente y cualquier Persona que actúe en nombre del Cliente dará las Instrucciones necesarias, lícitas, suficientes y ejecutables.
18. El Cliente garantiza que:
- (a) es el propietario de las Mercancías o el agente autorizado de la Persona propietaria o con derecho a la posesión y/o control de las Mercancías;
- (b) acepta las presentes Condiciones no solo por sí mismo, sino también como agente autorizado por y en nombre de cualquier Persona propietaria o con derecho a recibir los Servicios o tener posesión y/o control de las Mercancías;
- (c) la descripción y particularidades de las Mercancías, incluyendo su naturaleza, tamaño, forma, marcas, números, cantidad, peso, masa bruta (incluyendo la masa bruta real verificada de cualquier contenedor empaquetado con paquetes y artículos de carga), y medidas, de cualquier Mercancía, son completas y precisas;
- (d) las Mercancías están debidamente y suficientemente embaladas, marcadas, etiquetadas, estibadas y almacenadas (i) de una manera apropiada para cualquier operación o transacción que afecte a las Mercancías y a las características de las mismas y (ii) en cumplimiento con todas las leyes, regulaciones y requisitos que puedan ser aplicables a los Servicios y/o a las Mercancías;
- (e) las Mercancías no incluyen ninguno de los bienes, listados por la Compañía, de tarde en tarde, como prohibidos o restringidos, ni ninguna mercancía prohibida o restringida por la ley o regulación de cualquier Autoridad de cualquier país donde se presten los Servicios;
- (f) las Mercancías no contienen ningún contrabando, mercancía robada, u otro material o sustancia ilegal, polizones, ni ninguna mercancía que viole cualquier derecho de propiedad intelectual o de otra índole de cualquier tercero; además, el Cliente se compromete a no proporcionar a la Compañía ninguna Instrucción que viole o pueda violar dichos derechos;
- (g) salvo cuando la Compañía haya acordado expresamente por escrito tratar con Mercancías Peligrosas de conformidad con la cláusula 23, las Mercancías no consisten en, contienen, o están empaquetadas con, ninguna Mercancía o sustancia, peligrosas ilegales y las Mercancías no son ni se volverán susceptibles de dañar cualquier propiedad, persona o el medio ambiente;
- (h) cuando se utilice una Unidad de Transporte para transportar las Mercancías:
- (i) que las Mercancías son adecuadas para el transporte en una Unidad de Transporte;
- (ii) que la Unidad de Transporte es adecuada y está libre de defectos, excepto cuando la Unidad de Transporte haya sido suministrada por o en nombre de la Compañía; y
- (iii) que la Unidad de Transporte está sellada al inicio del transporte, excepto cuando la Compañía haya acordado sellar la Unidad de Transporte.
- (i) que las Mercancías son adecuadas para el transporte en una Unidad de Transporte;
Cumplimiento con las leyes aplicables
19. El Cliente garantiza que:
- (a) ha cumplido y cumple con todas las leyes, normas y regulaciones aplicables, incluyendo las leyes de exportación y regulaciones gubernamentales de cualquier país en el cual las Mercancías puedan ser almacenadas o manipuladas y las de cualquier país hacia, desde o a través del cual las Mercancías puedan ser transportadas o donde los Servicios puedan ser realizados;
- (b) las Mercancías y/o Servicios no requieren que la Compañía obtenga ninguna licencia o permiso especial para transporte, exportación, importación o manipulación de las Mercancías o Información y, en la medida requerida por ley o regulación aplicable, el Cliente ha obtenido todas las licencias o permisos de exportación, reexportación y/o importación necesarios y ha proporcionado copias de la documentación necesaria a la Compañía;
- (c) ni la recepción, entrega o manipulación de las Mercancías, ni ningún pago u otra actividad o transacción relacionada con las Mercancías expondrá a la Compañía o a cualquier miembro del Grupo Maersk, los Subcontratistas o cualquiera de sus empleados, sirvientes, agentes, bancos, aseguradoras o reaseguradoras a cualquier sanción, prohibición, multa o penalidad (o cualquier riesgo de sanción, restricción, prohibición, multa o penalidad) impuesta por cualquier estado, país, organización gubernamental supranacional o internacional u otra Autoridad;
- (d) ni el Cliente ni ninguna Persona con la que el Cliente comercie en relación con o en conexión con las Mercancías, está o es propiedad de o es controlada por o actúa en nombre de una Persona que esté incluida en cualquier lista de individuos o entidades con quienes las transacciones están actualmente prohibidas o restringidas bajo cualquier sanción, prohibición o restricción impuesta por cualquier estado, país, organización gubernamental supranacional o internacional u otra Autoridad, incluyendo la Lista de Sanciones del Reino Unido, la lista consolidada de objetivos de sanciones financieras en el Reino Unido, las Listas Consolidadas de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o la lista de Nacionales Especialmente Designados de los Estados Unidos; y
- (e) las Mercancías no están destinadas a ser utilizadas en el diseño, desarrollo o producción de armas nucleares, químicas o biológicas.
20. El Cliente proporcionará prestamente, por escrito, toda la información requerida, y ejecutará todos los documentos y realizará todos las acciones y actos razonablemente requeridos, con el fin de permitir a la Compañía (i) organizar y realizar de manera segura los Servicios para el Cliente y (ii) cumplir con todas las leyes, regulaciones y condiciones aplicables a las Mercancías dentro de todos los países actuales y potenciales de almacenamiento, despacho, entrega y/o tránsito.
21. La Compañía no asume ninguna responsabilidad ante el Cliente, o cualquier otra persona, por cualquier pérdida o gasto, incluyendo multas y/o penalidades, debido al incumplimiento por parte del Cliente de cualquier ley, norma, regulación, licencia o permiso de exportación aplicable.
22. Cualesquiera procedimientos de diligencia debida o solicitudes de información que la Compañía pueda llevar a cabo en relación con las Mercancías y/o las Personas involucradas en los Servicios se realizan exclusivamente para su propio beneficio y no afectarán ni reducirán en modo alguno las obligaciones del Cliente en virtud de la cláusula 19, ni tampoco ninguna supuesta o real falta de la Compañía en identificar un incumplimiento de la cláusula 19 por parte del Cliente eximirá al Cliente de cualquiera de sus responsabilidades en virtud del presente
Mercancías que requieren una manipulación específica
23. Mercancías Peligrosas
- (a) Salvo que se acuerde de otra manera, por escrito, con anticipación, el Cliente no entregará a la Compañía ni causará que la Compañía trate o manipule Mercancías Peligrosas.
- (b) Si la Compañía acepta recibir Mercancías Peligrosas, el Cliente, o alguien que actúe en su nombre, dará a la Compañía aviso, por escrito, de la naturaleza de las Mercancías Peligrosas, antes de la recepción de las Mercancías por parte de la Compañía. El aviso escrito incluirá toda la información necesaria para que la Compañía cumpla sus obligaciones, relacionadas con las Mercancías Peligrosas, de conformidad con todas las leyes, regulaciones o requisitos aplicables (o cualquier combinación de los anteriores), incluyendo información sobre las características de las Mercancías Peligrosas, la manera y método apropiados de almacenamiento, manipulación y transporte de las Mercancías Peligrosas. Las Mercancías Peligrosas deben estar claramente marcadas en el exterior para indicar la naturaleza y características de las Mercancías Peligrosas y para cumplir con todas las leyes, regulaciones y requisitos aplicables. Pueden aplicarse cargos adicionales a la manipulación de Mercancías Peligrosas.
- (c) Las Mercancías Peligrosas que hayan sido entregadas a la Compañía en violación de la cláusula 23 o que, en opinión de la Compañía, constituyan un riesgo para otras mercancías, propiedad, vida o salud, podrán, a la sola discreción de la Compañía o cualquier otra persona en cuya custodia puedan estar en el momento relevante y sin aviso al Cliente, ser destruidas o de otra manera tratadas a expensas y riesgo del Cliente y sin que exista absolutamente ninguna responsabilidad para la Compañía.
24. Mercancías Controladas
- (a) El Cliente se compromete a no entregar para transporte, manipulación o almacenamiento ninguna Mercancía que requiera control de temperatura, ventilación y/o cualquier otro tipo de control atmosférico o ambiental ("Mercancías Controladas") sin:
- (i) que el Cliente dé aviso por escrito de su naturaleza y requisitos particulares de temperatura, ventilación u otros requisitos atmosféricos o ambientales; y
- (ii) que la Compañía acuerde por escrito proporcionar Servicios con respecto a dichas Mercancías Controladas,
- antes de que la Compañía acepte una reserva para dichas Mercancías Controladas y, en todo caso, antes de la recepción de las Mercancías Controladas, por parte de la Compañía, cuando la Compañía no reciba aviso previo suficiente de la naturaleza y requisitos particulares de temperatura, ventilación y/u otros requisitos atmosféricos o ambientales, la Compañía no tendrá obligación de recibir las Mercancías Controladas. Pueden aplicarse cargos adicionales a la manipulación de Mercancías Controladas.
- (i) que el Cliente dé aviso por escrito de su naturaleza y requisitos particulares de temperatura, ventilación u otros requisitos atmosféricos o ambientales; y
- (b) El Cliente se compromete a que cualquier Mercancía Controlada entregada por o en nombre del Cliente ha sido, cuando sea necesario, debidamente pre-enfriada o ventilada.
- (c) En el caso de una Unidad de Transporte, con control de temperatura y/o atmósfera cargada o estibada por o en nombre del Cliente, el Cliente además se compromete a que:
- (i) la Unidad de Transporte y las Mercancías han sido debidamente pre-enfriadas, pre-calentadas o de otra manera preparadas según corresponda;
- (ii) las Mercancías han sido debidamente estibadas o cargadas en la Unidad de Transporte de acuerdo con las directrices de la Compañía o de otra manera las mejores prácticas de la industria; y
- (iii) los controles termostáticos u otros de la Unidad de Transporte han sido debidamente configurados y verificados por o en nombre del Cliente.
- (i) la Unidad de Transporte y las Mercancías han sido debidamente pre-enfriadas, pre-calentadas o de otra manera preparadas según corresponda;
- (d) Si cualquiera de los requisitos de la cláusula 24(b) o 24(c) no se cumple, la Compañía no será responsable por ninguna pérdida o daño a las Mercancías Controladas causado por dicho incumplimiento.
25. Otras mercancías que requieren manejo especial
- (a) Salvo que se acuerde de otra manera, por escrito, con suficiente antelación, el Cliente se compromete a que no entregará a la Compañía ni causará que la Compañía trate o manipule ninguna Mercancía que requiera tratamiento especial o precauciones adicionales, o que, a la sola discreción de la Compañía, pueda exponer a la Compañía a riesgo, costo o requisitos adicionales durante el almacenamiento, manipulación o transporte en virtud de sus características. Dichas Mercancías pueden incluir, animales vivos, correo, Mercancías con sobrepeso o sobredimensionadas, o Mercancías raras o de alto valor (incluyendo billetes de banco, metales raros, obras de arte, bienes raros o irremplazables, documentos negociables o bonos).
- (b) La aceptación por la Compañía de cualquiera de dichas Mercancías está sujeta a:
- (i) que la Compañía acuerde por escrito proporcionar Servicios con respecto a dichas Mercancías;
- (ii) que el Cliente tenga las licencias y documentación requeridas para dichas Mercancías en vigor; y
- (iii) que el Cliente pague cualquier Cargo adicional razonable a la Compañía por aceptar dichas Mercancías.
- (i) que la Compañía acuerde por escrito proporcionar Servicios con respecto a dichas Mercancías;
26. Si es probable que cualquier Mercancía contamine o afecte a otras mercancías, o es probable que cause contaminación, suciedad, deterioro y gastos de limpieza correctiva, o es probable que albergue o fomente plagas, insectos, u otras infecciones, puede, sin aviso al Cliente, ser destruida o de otra manera tratada a expensas y riesgo del Cliente y sin responsabilidad para la Compañía.
Instrucciones especiales
27. Salvo que se acuerde de otra manera por escrito, la Compañía no se compromete a que las Mercancías o cualquier documento salgan, lleguen, o estén disponibles en fechas particulares o tomen una ruta particular.
28. Las instrucciones relacionadas con la entrega de Mercancías contra pago o entrega de un documento particular deberán ser por escrito y sujetas a la aprobación previa por escrito de la Compañía.
29. La Compañía no estará obligada a hacer ninguna declaración para los propósitos de cualquier norma, convención o contrato, en cuanto a la naturaleza o valor de cualquier Mercancía o en cuanto a cualquier interés especial en la entrega, a menos que Instrucciones expresas, por escrito a tal efecto, hayan sido aceptadas también por escrito por la Compañía.
Requisitos de seguridad de la cadena de suministro
30. Lo siguiente aplicará cuando la Compañía tenga estatus de Operador Económico Autorizado o la acreditación equivalente en otra jurisdicción relevante ("Acreditación de Seguridad de la Cadena de Suministro"):
- (a) Como parte de sus obligaciones bajo las regulaciones relevantes aplicables a su Acreditación de Cadena de Suministro, la Compañía asegurará en todo momento que sus socios comerciales contribuyan a una cadena de suministro internacional segura de mercancías.
- (b) Para asegurar el cumplimiento con las regulaciones relevantes aplicables a la Acreditación de Seguridad de la Cadena de Suministro de la Compañía, el Cliente asegurará que cualquier información que sea sensible desde un aspecto de seguridad no sea divulgada a partes no autorizadas. Además, el Cliente, incluyendo cuando contrate subcontratistas y/o socios comerciales, asegurará que, en todo momento, cumplen con cualquier regulación nacional e internacional aplicable relacionada con la seguridad y protección. Dicha obligación aplica en particular a individuos que ocupen una posición de liderazgo en el Cliente, así como cualquier posición que tenga una conexión directa con la manipulación, almacenamiento y movimiento de mercancías. Por ejemplo, dicha posición no debe ser ocupada por individuos registrados en cualquier lista negra existente, emitida como resultado de regulaciones nacionales e internacionales relacionadas con la seguridad y protección.
- (c) El Cliente asegurará y realizará los pasos requeridos para asegurar que la Compañía cumpla con las regulaciones relevantes aplicables a la Acreditación de Seguridad de la Cadena de Suministro de la Compañía, y el Cliente no hará nada que pueda de alguna manera poner en peligro la Acreditación de Seguridad de la Cadena de Suministro de la Compañía.
31. Cuando la Compañía tenga una Acreditación de Seguridad de la Cadena de Suministro, pero el Cliente no tenga la misma, entonces, sin perjuicio de la generalidad de la cláusula 30, el Cliente garantiza que:
- (a) Las Mercancías que se incorporen, almacenen, envíen o transporten son:
- (i) producidas, almacenadas, preparadas y cargadas en instalaciones comerciales seguras y áreas de carga y envío seguras; y
- (ii) protegidas contra cualquier interferencia no autorizada durante la producción, almacenamiento, preparación, carga y transporte;
- (i) producidas, almacenadas, preparadas y cargadas en instalaciones comerciales seguras y áreas de carga y envío seguras; y
- (b) se emplea personal de confianza para la producción, almacenamiento, preparación y carga y transporte de estas Mercancías; y
- (c) los socios comerciales que actúan en nombre del Cliente adoptan medidas idénticas a las establecidas en la presente cláusula 31, para asegurar la seguridad de la cadena de suministro.
Regulación de Emisiones
32.
- (a) La Compañía puede estar directa o indirectamente sujeta a requisitos regulatorios u otros requisitos de la industria relacionados con emisiones, combustible, compra de permisos, o de otra manera realizar pagos calculados por referencia a las emisiones de la Compañía o del Subcontratista, o cualquier otra regulación relacionada con la descarbonización o cualquier otra preocupación ambiental (cada una "Regulación de Emisiones").
- (b) El Cliente reconoce que las Regulaciones de Emisiones pueden surgir en cualquier jurisdicción en la que la Compañía realice actividades con cualquiera de sus clientes y, además, una Regulación de Emisiones puede no estar aún prevista, implementada o en plena vigencia y efecto a la fecha en que el Cliente y la Compañía acuerden los Cargos.
- (c) Específicamente y sin limitación, el Cliente acuerda que cada uno de los siguientes será considerado una Regulación de Emisiones bajo las presentes Condiciones:
- (i) Enmiendas al Anexo VI de MARPOL, introduciendo un Índice de Diseño de Eficiencia Energética (EEDI), Índice de Eficiencia Energética de Buques Existentes (EEXI) e Indicador de Intensidad de Carbono (CII), conocidos en la industria como "las regulaciones IMO 2023";
- (ii) El Sistema de Comercio de Emisiones de la Unión Europea (ETS) aplicable a los Servicios;
- (iii) El ETS del Reino Unido aplicable a los Servicios;
- (iv) La Iniciativa FuelEU Marítimo;
- (v) El Esquema de Compensación y Reducción de Carbono para la Aviación Internacional (CORSIA); y
- (vi) El esquema ReFuelEU Aviation de la Unión Europea.
- (i) Enmiendas al Anexo VI de MARPOL, introduciendo un Índice de Diseño de Eficiencia Energética (EEDI), Índice de Eficiencia Energética de Buques Existentes (EEXI) e Indicador de Intensidad de Carbono (CII), conocidos en la industria como "las regulaciones IMO 2023";
- (d) Cuando la Compañía esté sujeta a una o más Regulaciones de Emisiones, el Cliente pagará a la Compañía un monto determinado por la Compañía, a su sola discreción, como el costo comercial de la Compañía para cumplir con esa o esas Regulaciones de Emisiones en la realización de los Servicios.
Seguro de carga
33.
- (a) La Compañía no proporcionará ninguna solución de seguro de carga al Cliente, a menos que se acuerde hacerlo por escrito. En dicho caso, la Compañía no estará obligada a formalizar un seguro separado sobre las Mercancías, pero puede declararlo dentro de cualquier póliza abierta o general.
- (b) Si el Cliente solicita un seguro separado sobre las Mercancías y la Compañía acuerda por escrito gestionar dicho seguro separado, esto dará lugar a la formación de un contrato de seguro separado entre el Cliente y los aseguradores que está sujeto a las condiciones y excepciones incorporadas en dicha póliza. En la medida en que la Compañía acuerde gestionar dicho seguro separado, la Compañía actúa únicamente como agente del Cliente.
- (c) La Compañía no es responsable por ningún acto, omisión o decisión de los aseguradores de cualquier póliza abierta o general o contrato de seguro separado, y si los aseguradores disputan la responsabilidad de liquidar una reclamación por cualquier razón, el Cliente no tendrá ningún recurso contra la Compañía.
Recepción
34.
- (a) Cuando las Mercancías, Unidades de Transporte o Vehículos deban ser entregados en las instalaciones de la Compañía o de un Subcontratista, no se considerarán recibidos por la Compañía hasta que la persona que los entrega se haya presentado en la oficina o área de recepción de la Compañía o del Subcontratista y la Compañía o Subcontratista haya acordado expresamente recibir las Mercancías, Unidades de Transporte o Vehículos.
- (b) La Compañía o Subcontratista puede negarse a recibir o descargar las Mercancías, Unidades de Transporte o Vehículos a su discreción, cuando tenga causa razonable para hacerlo, incluyendo cuando la Compañía o Subcontratista no esté al corriente de que se hayan hecho o se harán las gestiones necesarias para la retirada de dichas Mercancías, Unidad de Transporte o Vehículo.
Indemnizaciones generales
35.
- (a) El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Compañía contra todas las responsabilidades, pérdidas, daños, costas (incluyendo las costas de investigar y defender cualquier reclamación), gastos, laudos y multas de cualquier naturaleza y de cualquier manera asumidos, incurridos o sufridos que surjan de, o en relación con:
- (i) cualquier causa que surja de o con respecto a las Mercancías por la cual la Compañía no sea responsable;
- (ii) cualquier incumplimiento de cualquiera de las garantías o compromisos dados u obligaciones asumidas por el Cliente bajo las presentes Condiciones o cualquier Contrato, incluyendo un incumplimiento de la cláusula 23 o 24;
- (iii) la negligencia del Cliente;
- (iv) que la Compañía se vuelva responsable ante cualquier otra parte (incluyendo ante cualquier Autoridad, estaciones de inspección aduanera, puertos, terminales ferroviarias y cualesquiera otras autoridades que tengan jurisdicción legal sobre cualquier elemento de los Servicios y/o las Mercancías) y/o incurra en costos adicionales en cada caso por razón de que la Compañía lleve a cabo las Instrucciones del Cliente;
- (v) cualesquiera Impuestos relativos a las Mercancías y/o a la Unidad de Transporte, así como todas las responsabilidades, pagos, sanciones, costes, gastos, pérdidas y daños asumidos, incurridos o sufridos por la Compañía en relación con lo anterior, independientemente de que dicha responsabilidad surja de, o en conexión con, un incumplimiento contractual, negligencia, dolo o incumplimiento de obligaciones por parte de la Compañía, sus agentes, empleados o Subcontratistas; siempre que, cuando dicha responsabilidad derive de la negligencia o dolo de la Compañía, de cualquier miembro del Grupo Maersk o de cualquiera de sus respectivos agentes, empleados o Subcontratistas, dicha responsabilidad se modulará hasta el máximo de responsabilidad de la Compañía conforme a la cláusula 61(d);
- (vi) que la Compañía incurra en cualquier responsabilidad, en exceso de la responsabilidad limitada bajo las disposiciones de las presentes Condiciones, independientemente de si dicha responsabilidad surge de, o en conexión con, un incumplimiento de contrato, negligencia, conducta dolosa o incumplimiento del deber por parte de la Compañía, cualquier miembro del Grupo Maersk o cualquiera de sus respectivos agentes, empleados o Subcontratistas;
- (vii) cualquier contrato celebrado de conformidad con la disposición 12, excepto en la medida causada por la negligencia de la Compañía.
- (i) cualquier causa que surja de o con respecto a las Mercancías por la cual la Compañía no sea responsable;
- (b) El Cliente se compromete a que ninguna reclamación se hará contra ningún Subcontratista o miembro del Grupo Maersk o cualquiera de sus respectivos agentes, empleados o asimilados o cualquier agente, empleado o asimilado de la Compañía (los "Terceros Relevantes") que imponga o intente imponer sobre cualquiera de ellos cualquier responsabilidad en conexión con los Servicios y/o las Mercancías, y si cualquiera de dichas reclamaciones se hiciera, a indemnizar a la Compañía contra todas las consecuencias de los mismos incluyendo cualquier costo incurrido por la Compañía derivado de los mismos.
- (c) Sin perjuicio de lo anterior, todos los Terceros Relevantes tendrán el beneficio de las Disposiciones Relevantes como si dichas disposiciones fueran expresamente para su beneficio. Al celebrar un contrato de Servicios, la Compañía lo hace (en la medida de las Disposiciones Relevantes) no solo en su propio nombre, sino también como agente y fideicomisario de los Terceros Relevantes.
Propiedad Intelectual de Maersk y Sistemas de Información
36.
- (a) Para el propósito de esta cláusula, aplican las siguientes definiciones adicionales:
- (i) "Entregables" significa todos y cualesquiera informes, documentos, plantillas, estudios, funcionalidad, personalización, configuración de parámetros, integración, API, código fuente, código objeto, especificaciones, resúmenes y otros productos de trabajo, resultados y/o materiales creados por o en nombre de la Compañía o sus Afiliadas, y que pueden ser entregados al Cliente durante el curso de la ejecución de los Servicios por parte de la Compañía.
- (ii) "Retroalimentación" significa cualquier idea, retroalimentación, Información, conocimiento y/o recomendación proporcionada directa o indirectamente por el Cliente y/o sus Afiliadas al Grupo Maersk y/o sus contratistas/subcontratistas con respecto a cambios y/o mejoras a las ofertas de productos y servicios actuales y/o futuras del Grupo Maersk (incluyendo los Servicios).
- (iii) "Derechos de Propiedad Intelectual" significa derechos de propiedad intelectual, incluyendo por ejemplo derechos de autor y derechos conexos, patentes, modelos de utilidad, marcas comerciales, marcas de servicio, nombres comerciales, derechos de topografía, derechos de diseño y derechos sobre bases de datos, nombres de dominio, derechos sobre conocimientos técnicos, secretos comerciales y todas las solicitudes o solicitudes pendientes de los mismos en todos los casos, ya sean registrables o no en cualquier país, y todas las formas de protección de naturaleza similar o que tengan efecto equivalente o similar en cualquier parte del mundo.
- (iv) "Datos de Producción" significa toda Información utilizada, obtenida, recopilada, compartida, procesada y/o generada/derivada, directa o indirectamente, por el Grupo Maersk y/o sus clientes, y/o contratistas/subcontratistas en Sistemas de Información y/o en el curso de proporcionar los Servicios, incluyendo cualquier conocimiento técnico, modificaciones, mejoras y obras derivadas de los mismos. Los Datos de Producción también incluyen información confidencial de la Compañía.
- (i) "Entregables" significa todos y cualesquiera informes, documentos, plantillas, estudios, funcionalidad, personalización, configuración de parámetros, integración, API, código fuente, código objeto, especificaciones, resúmenes y otros productos de trabajo, resultados y/o materiales creados por o en nombre de la Compañía o sus Afiliadas, y que pueden ser entregados al Cliente durante el curso de la ejecución de los Servicios por parte de la Compañía.
- (b) En la medida permitida por la legislación aplicable, todos los derechos, título e intereses, incluidos los derechos de propiedad intelectual, sobre cualquier información, materiales u otros derechos preexistentes que constituyan o formen parte de la Propiedad Intelectual de Maersk, serán y permanecerán en todo momento titularidad exclusiva de Maersk o de sus licenciantes terceros. No obstante lo anterior, en la medida en la que el Cliente o cualquiera de sus Afiliadas, empleados o subcontratistas llegara a adquirir algún derecho sobre dicha Propiedad Intelectual, dichos derechos quedarán de pleno derecho e irrevocablemente cedidos a Maersk, con renuncia al ejercicio de cualesquiera derechos morales en la máxima medida permitida por la ley.
- (c) Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el presente, todos los Derechos de Propiedad Intelectual, derechos de propiedad, título e interés en y sobre (i) Sistemas de Información, (ii) Datos de Producción, (iii) Entregables y (iv) Retroalimentación, así como todas las modificaciones, mejoras y obras derivadas de los puntos anteriores, son propiedad única y exclusiva de la Compañía ("PI de Maersk").
- (d) Nada en las presentes Condiciones transfiere u otorga ningún derecho de propiedad al Cliente o sus Afiliadas con respecto a la PI de Maersk, ni restringe de ninguna manera la capacidad de la Compañía, sus Afiliadas, agentes, empleados y/o Subcontratistas de usar conocimientos genéricos, metodologías y/o datos anonimizados utilizados, recopilados, procesados y/o generados en el curso de proporcionar los Servicios al Cliente y/o sus Afiliadas. La PI de Maersk es información confidencial de la Compañía para el propósito de la cláusula 70.
- (e) En la medida relevante y permitida por la ley aplicable, el Cliente, por la presente, cede, transfiere, transmite irrevocablemente y causará que sus Afiliadas, agentes, empleados y Subcontratistas cedan, transfieran y transmitan (renunciando a todos los derechos morales no cedibles en el mayor interés legalmente posible), a la Compañía, cualquier derecho, título e interés en y sobre la PI de Maersk.
Seguridad Informática
37. El Cliente debe notificar, a la mayor brevedad (y no más de 24 horas desde el conocimiento), a la Compañía, al tener conocimiento de cualquier acceso o uso no autorizado real o intentado de los Sistemas de Información y/o Información relacionada, cualquier transacción no autorizada o intento de ejecutar una transacción no autorizada, en conexión con los Servicios o cualquier otra circunstancia que pueda razonablemente resultar en cualquier perjuicio de la seguridad, confidencialidad o integridad de los Sistemas de Información, Información y/o datos de acceso, incluyendo, entre otros, Violaciones de Datos Personales, según se define en el Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
38. La Compañía tiene el derecho de realizar auditorías del uso, por parte del Cliente y todos sus usuarios, de los Servicios, Información y los Sistemas de Información para verificar que dichas partes cumplan con los términos y condiciones establecidos en las Condiciones o cualquier Contrato. El Cliente y sus usuarios cooperarán rápidamente con dicha auditoría, proporcionando la asistencia necesaria, acceso e información razonablemente solicitada por la Compañía, proporcionando respuestas a cuestionarios de autoevaluación, etc.
Cotizaciones y Cargos
39. A menos que la Compañía indique lo contrario, las cotizaciones o indicaciones de Cargos dadas por o en nombre de la Compañía ("Cotizaciones") son (o están):
- (a) sujetas a las presentes Condiciones y cualquier reserva o condición específica contenida o referida en la Cotización;
- (b) proporcionadas solo para fines informativos y no son vinculantes para la Compañía a menos que la Compañía acuerde por escrito realizar los Servicios a la tarifa o montante específico establecido en la Cotización;
- (c) confidenciales y estrictamente para beneficio del Cliente. Las Cotizaciones no pueden ser compartidas, transmitidas, copiadas o discutidas con ninguna otra Persona sin el consentimiento previo por escrito de la Compañía;
- (d) sujetas al derecho de desistimiento o modificación, sin previo aviso, hasta que adquieran carácter vinculante; y
- (e) sujetas al requisito de publicación y/o presentación de conformidad con cualquier ley, estatuto o regulación.
40. Si la Compañía envía al Cliente una oferta escrita para agregar una nueva tarifa bajo un Contrato, o reemplazar una tarifa que expira bajo un Contrato, el Cliente se considerará que ha aceptado dicha oferta al: (i) proporcionar a la Compañía aceptación escrita de dicha oferta; (ii) entregar cualquier Mercancía a la Compañía para Servicios; o (iii) de otra manera solicitar la ejecución de los Servicios cubiertos por dicha tarifa después de la fecha de la oferta, siempre que dicha Mercancía sea entregada dentro del período de validez de la tarifa especificado.
41. Los Cargos pueden estar sujetos a cualquier recargo(s) por cualquier razón según pueda ser introducido por la Compañía de tarde en tarde. Dichos recargos pueden (sin limitación) surgir de cualquier interrupción al negocio de la Compañía, cualquiera que sea la causa, incluyendo en relación con cambios en la manera o tasa de tributación, fluctuaciones en los precios de energía, problemas o disputas laborales, congestión, riesgos de emergencia, mandatos gubernamentales o supranacionales, problemas de capacidad, o equipo, o cualquier otra causa que afecte a la Compañía o a cualquier Subcontratista en la ejecución de cualquier Servicio. Los recargos pueden ser agregados a los Cargos en cualquier monto a la sola discreción de la Compañía.
Pagos
42. Las siguientes disposiciones aplicarán en relación con el pago de los Cargos:
- (a) El Cliente pagará a la Compañía, en efectivo o según se acuerde de otra manera, todos los Cargos inmediatamente cuando sean exigibles, sin deducción o aplazamiento por cuenta de cualquier reclamación, contrarreclamación o compensación.
- (b) Cuando a la Compañía se le requiera a cobrar Cargos de cualquier Persona distinta del Cliente, recibida la evidencia de dicha demanda por parte de la Compañía, y en ausencia de pago por dicha otra Persona cuando sea exigible, el Cliente será responsable de los mismos. Cualquier acuerdo de la Compañía para cobrar Cargos de cualquier Persona distinta del Cliente, será sin perjuicio de los derechos acumulados de la Compañía bajo esta cláusula 42 hacia el Cliente (incluyendo el derecho de la Compañía de cobrar intereses).
- (c) Los Cargos son pagaderos basados en las particularidades proporcionadas por el Cliente. Si dichas particularidades son incorrectas, el Cliente será responsable de los Cargos correctos, y cualquier gasto incurrido en conexión con dicha corrección, incluidos los relacionados con examinar, pesar, medir o valorar las Mercancías.
- (d) En cuanto a los intereses, la Compañía tendrá derecho a cobrar, sobre cualquier montante pendiente, el mayor de (i) el interés anual del tres por ciento (3%) por encima de la tasa mínima de préstamo establecida por el banco nacional o central, según corresponda, del país o territorio de la moneda relevante o (ii) cualquier interés legal aplicable en la jurisdicción relevante en la que se encuentre el Cliente. Los intereses se aplicarán por cualquier período después de que cada montante pendiente haya vencido, junto con los honorarios razonables de abogados, procuradores y los gastos incurridos para cobrar cualquier suma adeudada. Además, la Compañía tendrá derecho a cobrar una tarifa por pago exigible por factura vencida, en el montante publicado en su sitio web o de otra manera puesto a disposición pública; donde no se especifique dicho monto, un monto de USD 50 por factura.
- (e) El pago de Cargos a cualquier parte distinta de la Compañía no se considerará pago a la Compañía, y se realizará por cuenta y riesgo del Cliente.
- (f) No se otorgará crédito al Cliente a menos que se acuerde expresamente por escrito por la Compañía. El crédito será, a menos que se acuerde de otra manera, otorgado en los términos disponibles en Credit Terms | Maersk Terms. Cuando se otorgue crédito al Cliente bajo esta cláusula y los términos del crédito sean incumplidos por el Cliente, dicho crédito será inmediatamente retirado.
- (g) El pago de cualquier Cargo no será efectivo hasta que el montante sea incondicionalmente e irrevocablemente transferido a la Compañía y esté a disposición efectiva de la Compañía en fondos liquidados.
- (h) Cuando la factura a la cual se aplicará el pago, no esté indicada en el mensaje de pago, el Cliente enviará a la Compañía un aviso de remesa separado, indicando qué facturas están incluidas en cada pago. En ausencia de aviso del Cliente en contrario, cualquier pago se aplicará a la(s) factura(s) pendiente(s) más antigua(s).
- (i) El Cliente se compromete a cumplir prestamente con cualquier instrucción respecto a la facturación y/o pagos, incluyendo cualquier Sistema de Información de la Autoridad que requiera la aceptación o reconocimiento de documentos por parte del Cliente.
43. La factura emitida se considerará válida, no disputada y correcta a menos que el Cliente presente una disputa razonable de buena fe dentro de los treinta días naturales desde la fecha de la factura. Cualquier parte no disputada de una factura debe ser liquidada de conformidad con las presentes Condiciones. Una parte disputada de una factura está exenta de los términos de pago estándar hasta que la disputa haya sido resuelta. Una vez que la disputa se resuelva, el pago, según corresponda, debe hacerse de acuerdo con la fecha de vencimiento original.
Tipos de Cambio
44. Cualquier suma pagadera a la Compañía será pagada en la moneda establecida en la factura preparada por la Compañía y enviada al Cliente.
45. Cuando la cantidad facturada haya sido convertida en otra moneda u otras monedas, la Compañía convertirá dichas sumas de la siguiente manera:
- (a) la Compañía convertirá la moneda al tipo de cambio vigente, en la fecha aplicable para el Servicio proporcionado bajo la factura. La fecha de conversión aplicable se determinará basada en el ciclo de facturación acordado entre las partes; y
- (b) la Compañía podrá aplicar, a su discreción, un ajuste de conversión, que se calculará como un porcentaje de la suma convertida al valor porcentual establecido en la tabla disponible en el siguiente enlace, para el par de monedas de las que se trate (ver: Link to Markups table).
46. Los tipos de cambio utilizados por la Compañía se basan en tipos de referencia proporcionados por terceros. El Cliente, por la presente, renuncia a cualquier derecho de impugnar dichos tipos de cambio de referencia.
Impuestos
47. Excepto que se indique lo contrario:
- (a) Los Cargos excluyen el IVA e Impuestos pagaderos con respecto a o en conexión con los Servicios. Dichas sumas serán pagadas sin deducción/retención, a menos que así sea requerido por ley y se proporcione la documentación relacionada con la deducción/retención (o su remisión a la autoridad relevante) dentro de los diez días hábiles (o según lo requiera la ley), para permitir que la Compañía obtenga cualquier crédito disponible por dicha cantidad. Si dicha documentación no se proporciona, entonces el monto deducido/retenido se considerará como un impago.
- b) Cuando la Compañía deba declarar el IVA con respecto a los Servicios, el Cliente, sujeto a recibir una factura con IVA válida, pagará a la Compañía un monto igual a dicho IVA, además de la contraprestación por dicho suministro.
- (c) Cada parte pagará todos los Impuestos debida y legalmente en vigor o imputados sobre la parte por las autoridades competentes, relacionados con los Servicios o las transacciones contempladas en los mismos e indemnizará y mantendrá indemne a la otra parte contra todas las responsabilidades, reclamaciones o procedimientos resultantes por la falta de pago de dichos Impuestos.
- (d) Cada parte buscará obtener, y cada parte proporcionará asistencia razonable a la otra para obtener cualquier exención, crédito o desgravación de Impuestos o deducciones/retenciones que estén disponible para las partes.
Comisiones
48. La Compañía tendrá derecho a retener y a que se le paguen todos los corretajes, comisiones, bonificaciones y otras remuneraciones habitualmente retenidas por o pagadas a proveedores de servicios o agentes de carga.
Facultades y derechos de la Compañía
49. La Compañía tendrá derecho, pero sin obligación, de apartarse de las Instrucciones del Cliente, en cualquier aspecto, si en la opinión razonable de la Compañía existen buenas razones para hacerlo en interés del Cliente.
50. La Compañía puede en cualquier momento cumplir o cooperar con las órdenes o recomendaciones dadas por cualquier Autoridad (incluyendo la disposición o entrega de cualquier Mercancía y/o provisión de Información sobre los Servicios). La responsabilidad de la Compañía con respecto a los Servicios y/o Mercancías cesará al completar los Servicios o entregar o disponer de otra manera de las Mercancías, de conformidad con dichas órdenes, recomendaciones o colaboraciones con la Autoridad.
51. Si en cualquier momento, en opinión de la Compañía o cualquier Persona cuyos servicios la Compañía utilice, el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía está o es probable que sea afectado por cualquier obstáculo, riesgo, retraso, dificultad o desventaja de cualquier tipo y que no pueda ser evitado con los esfuerzos razonables de la Compañía o dicha otra Persona, la Compañía podrá a su absoluta discreción:
- (a) dar por terminado el cumplimiento de sus obligaciones y poner las Mercancías o cualquier parte de ellas a disposición del Cliente, en cualquier lugar que la Compañía considere seguro y conveniente, con lo cual cesará la responsabilidad de la Compañía con respecto a las Mercancías, y el Cliente será responsable de cualquier costo adicional de entrega y almacenamiento en dicho lugar; o
- (b) continuar o suspender el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, a su propia discreción, y el Cliente será responsable de cualquier costo, gasto y/o Cargo adicional incurrido por la Compañía al hacerlo.
52. Si el Cliente o cualquier Persona que actúe en su nombre no recibe las Mercancías o cualquier parte de las mismas en el momento y lugar en que la Compañía tenga derecho a requerir al Cliente que las reciba, la Compañía tendrá derecho a almacenar las Mercancías al aire libre o bajo techo por cuenta y riesgo exclusivo del Cliente siempre que la Compañía posteriormente tome medidas razonables para llamar la atención del Cliente sobre dicho almacenamiento. Dicho almacenamiento constituirá entrega de las Mercancías y la responsabilidad de la Compañía cesará por completo.
Terminación y resolución del Contrato
53. La Compañía o el Cliente pueden resolver cualquier Contrato si:
- (a) la otra parte se vuelve insolvente, entra en liquidación (aparte de liquidación solvente para propósitos de fusión o reconstrucción) o es disuelta o declarada en quiebra o tiene un administrador judicial, administrador concursal o figura análoga designado sobre la totalidad o una parte sustancial de sus activos, o hace una cesión general en beneficio de o celebra un arreglo con sus acreedores en su lugar, o toma o sufre acciones o procedimientos similares;
- (b) el cumplimiento del Contrato contraviene las normas sobre sanciones de la Unión Europea, Estados Unidos, Reino Unido o cualquier sanción promulgada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o de cualquier país hacia, desde o a través del cual las mercancías puedan ser transportadas; o
- (c) la otra parte se encuentra dentro de un incumplimiento material de cualquier obligación bajo el Contrato que, de ser remediable, no haya sido remediado dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción del requerimiento escrito de la otra parte intimando la rectificación de dicho incumplimiento.
54. Cualquiera de las partes puede resolver un Contrato en caso de cualquier incumplimiento por la otra parte de sus obligaciones de confidencialidad bajo la cláusula 70.
55. Cuando el Cliente incumpla en el pago o se retrase en el pago de cualquier monto pagadero bajo un Contrato y el pago no se realice dentro de los tres (3) días desde la recepción del requerimiento escrito de la Compañía exigiendo el mismo, la Compañía podrá resolver el Contrato inmediatamente mediante aviso al Cliente.
56. La Compañía podrá resolver un Contrato y/o Servicios inmediatamente mediante aviso escrito al Cliente en caso de que el cumplimiento del Contrato y/o Servicios por parte de la Compañía pueda, en la opinión razonable de la Compañía, causar que la Compañía sufra daño reputacional.
57. Los derechos de resolución establecidos en las cláusulas 53 a 56 lo son sin perjuicio de cualquier otro derecho o acciones bajo las presentes Condiciones y sin perjuicio de los derechos y responsabilidades acumuladas, de las partes, a la terminación y a la continuidad de cualquier disposición destinada a sobrevivir tras la resolución.
Disposición de mercancías y derecho de retención
58. La Compañía tendrá los siguientes derechos:
- (a) La Compañía tendrá un derecho de retención sobre todas las Mercancías y cualquier documento relacionado con las Mercancías o Servicios, fondos retenidos y cualquier otra mercancía respecto de la cual la Compañía o un miembro del Grupo Maersk esté proporcionando servicios al Cliente, y cualquier otra mercancía propiedad del Cliente ("Otras Mercancías"), por todos los cargos (incluyendo los Cargos) adeudados en cualquier momento bajo las presentes Condiciones o de cualesquiera otras maneras.
- (b) La Compañía también tendrá un derecho de retención general contra el Cliente sobre todas las Mercancías y cualquier documento relacionado con las Mercancías o Servicios, fondos retenidos y cualquier Otra Mercancía, por todas las sumas adeudadas en cualquier momento del Cliente a cualquier miembro del Grupo Maersk bajo cualquier otro contrato.
- (c) La Compañía puede ejercer su derecho de retención en cualquier momento y en cualquier lugar a su sola discreción, estén los Servicios completados o no, con o sin aviso adicional. En todo caso, cualquier derecho de retención (a) sobrevivirá la entrega de las Mercancías y (b) se extenderá para cubrir el coste de hacer valer su derecho de retención y recuperar cualquier suma adeudada.
- (d) Para hacer valer y satisfacer el derecho de retención de la Compañía, la Compañía tendrá el derecho, a expensas del Cliente, a vender las Mercancías, documentos y Otras Mercancías mencionadas, mediante subasta pública o venta privada, sin aviso al Cliente y sin ninguna responsabilidad hacia el Cliente.
Legislación obligatoria aplicable por pérdida o daño de las Mercancías o retraso
59. En caso de pérdida de o daño a las Mercancías o retraso en la ejecución de los Servicios, la responsabilidad de la Compañía con respecto a ello será determinada y limitada de conformidad con las disposiciones de las cláusulas 60 a 69, a menos que la Legislación Obligatoria aplique a cualquier elemento de los Servicios y no se pueda renunciar a la misma o modificarla, en cuyo caso la responsabilidad de la Compañía en relación con ese elemento de los Servicios será determinada y limitada de conformidad con las disposiciones de dicha Legislación Obligatoria.
Exclusiones y limitaciones de responsabilidad
60. Exclusiones de responsabilidad
- (a) Salvo en la medida en que se disponga de otra manera en las presentes Condiciones, la Compañía no será responsable por ninguna pérdida o daño a menos que surja de su negligencia o conducta dolosa.
- (b) Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía no será responsable por ninguna pérdida o daño que surja de:
- (i) el acto u omisión del Cliente o cualquier Persona (distinta de la Compañía, sus agentes, empleados o Subcontratistas);
- (ii) el cumplimiento con cualquier Instrucción dada a la Compañía;
- (iii) insuficiencia del embalaje o etiquetado de las Mercancías, excepto cuando dicho servicio haya sido proporcionado por la Compañía;
- (iv) manipulación, carga, estiba o descarga de las Mercancías por el Cliente o cualquier Persona (distinta de la Compañía) que actúe en su nombre;
- (v) vicio propio (u oculto) de las Mercancías;
- (vi) disturbios, conmoción civil, huelgas, cierres patronales, paralización o restricción laboral de cualquier causa;
- (vii) acto de guerra o terrorismo;
- (viii) caso fortuito, terremotos, incendio, inundación, tormenta, pandemia o epidemia;
- (ix) la avería de, accidente a, falla o interrupción de o reducción en el suministro eléctrico principal a la Compañía y/o Subcontratista;
- (x) ataque cibernético, denegación de servicio, tiempo de inactividad o incidentes relacionados con Sistemas de Información; o
- (xi) cualquier causa que la Compañía no pudiera evitar, y cuyas consecuencias no pudiera prevenir mediante el ejercicio de una diligencia razonable.
- (i) el acto u omisión del Cliente o cualquier Persona (distinta de la Compañía, sus agentes, empleados o Subcontratistas);
61. Limitaciones y exclusiones de responsabilidad
- (a) En relación con las reclamaciones por pérdida de o daño a las Mercancías, la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su causa y, sin perjuicio de que la causa de la pérdida o daño sea inexplicable, no excederá el menor de:
- (i) el valor de las Mercancías perdidas o dañadas relevantes;
- (ii) el costo razonable de reparación en caso de daño; o
- (iii) dos (2) DEG por kg de las Mercancías perdidas o dañadas relevantes,
- la responsabilidad de la Compañía, bajo esta cláusula, no excederá nunca un máximo de 75,000 DEG por evento o eventos que surjan de una causa común.
- (i) el valor de las Mercancías perdidas o dañadas relevantes;
- (b) Sin perjuicio de lo anterior, en relación con las reclamaciones por pérdida o daño a las Mercancías mientras se almacenan en un Almacén, la Compañía no tendrá responsabilidad por pérdida o daño a las Mercancías a menos que dicha pérdida o daño exceda la tolerancia de pérdida de inventario. A menos que se acuerde de otra manera en el Contrato, la tolerancia de pérdida de inventario se calculará durante el plazo del Contrato y será del 0.2% del valor agregado de las Mercancías entregadas al Almacén durante el plazo del Contrato.
- (c) En relación con las reclamaciones por entrega de las Mercancías a una Persona o destino incorrecto, la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su causa, no excederá del coste del transporte de las Mercancías al destino correcto, por el modo de transporte originalmente contemplado.
- (d) En relación con todos las demás reclamaciones que surjan de o en relación con los Servicios o las Mercancías (incluyendo cualquier pérdida o daño a otra propiedad, o propiedad arrendada por el Cliente -incluyendo cualquier Vehículo o instalación-), la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su causa, no excederá el menor de:
- (i) el montante de los Cargos de la Compañía con respecto a los Servicios en relación con los cuales surgió la reclamación; o
- (ii) 75,000 DEG en total por evento o eventos que surjan de una causa común.
- (i) el montante de los Cargos de la Compañía con respecto a los Servicios en relación con los cuales surgió la reclamación; o
- (e) Sin perjuicio de la disposición 27, si la Compañía es no obstante encontrada responsable por retraso, su responsabilidad, en ninguna circunstancia excederá el montante de los Cargos de la Compañía con respecto a los Servicios relevantes en relación con los cuales surgió la reclamación.
- (f) La Compañía no será responsable ante el Cliente por ninguna pérdida de beneficio, pérdida de ventas o negocio, pérdida de acuerdos o contratos, pérdida de ahorros anticipados, pérdida de uso, o corrupción de software, datos o información, pérdida de o daño al fondo de comercio (en cada caso ya sea directo o indirecto), o cualquier pérdida indirecta o consecuencial.
62. Para los propósitos de la cláusula 61:
- (a) el valor de las Mercancías es el valor de factura ex works más flete y seguro si se pagaron, más cualquier derecho de aduana o impuesto incurrido sobre las Mercancías, con respecto a su transporte y no recuperable de ninguna Autoridad.
- (b) si no hay valor de factura ex works para las Mercancías, la compensación se calculará por referencia al valor de dichas Mercancías en el lugar y momento en que son entregadas de conformidad con las Instrucciones del Cliente o deberían haber sido así entregadas. El valor de las Mercancías se fijará según el precio de mercado actual o, si no hay precio de bolsa de productos o precio de mercado actual, por referencia al valor normal de mercancías del mismo tipo y calidad.
- (c) el valor de la propiedad del Cliente (distinta de las Mercancías) es (i) si es arrendada por el Cliente, su valor de arrendamiento o (ii) si es propiedad del Cliente, su valor de mercado en el lugar donde ocurrió la pérdida o daño.
63. Mediante acuerdo especial por escrito entre la Compañía y el Cliente y sujeto al pago de cargos adicionales, puede reclamarse un valor más alto a la Compañía que no exceda el valor de las Mercancías o el valor acordado, el menor de ellos.
64. Se aconseja al Cliente obtener cobertura de seguro apropiada a su coste si el Cliente considera que los límites de responsabilidad establecidos en las presentes Condiciones son inadecuados.
65. Las defensas, exclusiones y límites de responsabilidad establecidos en las presentes Condiciones aplicarán a cualquier acción, ya sea que dicha acción esté fundada en un contrato, agravio, depósito, incumplimiento de garantía expresa o implícita, negligencia, conducta dolosa o por cualquier otro concepto.
66. Nada en las presentes Condiciones excluirá o limitará la responsabilidad de la Compañía por declaración fraudulenta o cualquier otro acto u omisión por el cual la responsabilidad no pueda ser legítimamente excluida o limitada.
67. Salvo lo establecido en las presentes Condiciones, la Compañía no será responsable por pérdida de o daño a cualquier Mercancía o retraso, cualquiera que sea su causa (ya sea causada por negligencia, conducta dolosa o por otro concepto).
Notificación de reclamación, prescripción
68. La Compañía quedará liberada de toda responsabilidad a menos que:
- (a) la notificación de cualquier reclamación sea recibida por escrito por la Compañía o su agente autorizado dentro de los 14 días desde la fecha en la que el Cliente tuvo, o razonablemente debería haber tenido, conocimiento de cualquier evento u ocurrencia que supuestamente dé lugar a dicha reclamación; y
- (b) se presente demanda en el foro apropiado según se especifica en la cláusula 77 y se reciba notificación escrita de la misma por la Compañía dentro de los nueve (9) meses posteriores a la fecha del evento que da lugar a la reclamación.
69. Cualquier reclamación que no cumpla con las disposiciones de la cláusula 68 se considerará renunciada y absolutamente prescrita.
Confidencialidad
70. Toda la información y datos relativos al negocio, activos, asuntos, clientes o proveedores de la otra parte proporcionados u obtenidos en conexión con la negociación o ejecución de un Contrato y/o los Servicios es y permanecerá confidencial. Salvo con el consentimiento previo por escrito de la otra parte, ninguna de las partes divulgará ninguna parte de un Contrato o la negociación del mismo. La obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula no aplicará a ninguna divulgación de información o datos:
- (a) según pueda ser requerido por ley u ordenado por una entidad gubernamental, agencia, tribunal o tribunal competente;
- (b) que sea o se vuelva parte del dominio público sin incumplimiento de las presentes Condiciones y/o un Contrato por la parte receptora;
- (c) que la Compañía considere razonablemente necesario divulgar a sus empleados, funcionarios, representantes, Afiliadas, Subcontratistas, agentes, asesores o cualquier otra Persona que necesite conocer dicha información para los propósitos de ejercer los derechos de la Compañía o cumplir sus obligaciones bajo o en conexión con un Contrato;
- (d) que se divulgue con el propósito de cobrar Cargos pendientes pagaderos bajo un Contrato.
Otras Disposiciones
71. El Cliente y la Compañía compartirán cada uno información de contacto comercial u otros datos personales relativos a su personal y/o el personal de cualquiera de sus Afiliadas y/o (en el caso de la Compañía) cualquiera de sus Subcontratistas. Es responsabilidad de cada parte, como controladores de datos individuales, cumplir con las legislaciones y regulaciones de protección de datos y privacidad de datos aplicables. El Cliente debe notificar a sus usuarios y empleados u otro personal o individuos relevantes, el procesamiento de sus datos personales por parte de la Compañía y sus Afiliadas según se describe en la Notificación Global de Privacidad de Datos de la Compañía que está disponible en PRIVACY NOTIFICATION | Maersk Terms. En este contexto, el Cliente debe asegurar la base legal apropiada para el procesamiento de los datos personales de sus usuarios, empleados, clientes finales y otro personal o individuos relevantes cuyos datos personales estén siendo procesados como parte de la prestación de Servicios por parte de la Compañía y el Grupo Maersk.
72. Salvo en la medida en que se establezca expresamente en las presentes Condiciones, nada de lo dispuesto en las mismas tiene por objeto, ni podrá interpretarse en el sentido, de crear una relación de sociedad, empresa conjunta (joint-venture) o agencia, entre la Compañía y el Cliente.
73. Los Terceros Relevantes tienen, por la presente, derecho a hacer valer y tener el beneficio de todas las Disposiciones Relevantes de conformidad con la Ley Inglesa de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999. Los derechos de cualquiera de las partes de acordar rescindir, enmendar o de otra manera variar o renunciar a las disposiciones de las presentes Condiciones o de resolver cualquier disputa u otro asunto que surja de o en conexión con las presentes Condiciones, en los términos que en su absoluta discreción consideren convenientes, no estarán sujetos al consentimiento de ningún Tercero Relevante. Excepto lo indicado en esta cláusula, ningún tercero tendrá ningún derecho bajo la Ley de Contratos Inglesa (Derechos de Terceros) de 1999 en conexión con las presentes Condiciones.
74. Cualquier falta o retraso, de cualquiera de las partes, en ejercer cualquier derecho, poder o privilegio bajo un Contrato o las presentes Condiciones, no constituirá una renuncia. Tampoco, ningún ejercicio único o parcial impedirá ningún ejercicio adicional de dicho derecho, potestad o privilegio.
75. Cualquier Afiliada del Cliente, nombrada en un Contrato, será solidariamente responsable de las obligaciones del Cliente bajo el Contrato, las presentes Condiciones y ante cualquier obligación o responsabilidad que surja de los Servicios.
Notificaciones
76. Cualquier notificación dada a una parte bajo o en conexión con los Servicios deberá ser por escrito y deberá ser (i) entregada en mano o (ii) enviada por correo certificado prepagado (que proporcione prueba de entrega) a su domicilio social (si es una compañía) o su lugar principal de negocios (en cualquier otro caso)
y cualquier notificación se considerará recibida (i) si es entregada en mano, en el momento en que la notificación se deja en la dirección apropiada o (ii) si es enviada por correo certificado prepagado (que proporcione prueba de entrega), a las 9am del tercer día hábil después del envío. Para el propósito de esta cláusula, un día hábil significa un día distinto de sábado, domingo o día festivo, en el lugar de recepción, cuando los bancos, en el lugar de recepción, están abiertos y en día hábil. Estas disposiciones de notificación no aplican al servicio de cualquier procedimiento u otros documentos, dentro de cualquier acción legal o, cuando sea aplicable, cualquier arbitraje u otro método de resolución de disputas.
Para detalles de cómo notificarnos sobre cualquier reclamación, por favor siga la guía de la Compañía en https://www.maersk.com/support/faqs/how-to-file-a-claim. Cualquier notificación dada a la Compañía de otra manera que no sea de conformidad con la guía en este enlace será nula.
Jurisdicción, ley aplicable y hermeneútica
77. Las presentes Condiciones, y cualquier disputa o reclamo (incluyendo disputas o reclamos no contractuales) asociado con, que surja de o conectado con las presentes Condiciones o su materia (en esta cláusula, una "Disputa") se regirán por e interpretarán de conformidad con la ley inglesa y las partes acuerdan que los tribunales ingleses tienen jurisdicción exclusiva para adjudicar cualquier Disputa, salvo que la Compañía retiene el derecho de iniciar procedimientos contra el Cliente en cualquier otro tribunal de jurisdicción competente.
78. La presente traducción al español de las Condiciones Generales de Contratación se proporciona únicamente para la comodidad de las partes. En caso de conflicto o discrepancia entre la versión en inglés y la presente versión en español, prevalecerá la versión en inglés, que es la versión original y vinculante para las partes. Las partes reconocen y aceptan que la versión en inglés constituye el documento contractual definitivo.